"Es un punto de partida, y nada más. Si uno se pone a pensar en ella se transforma en otra cosa. Si pienso mucho en algo, descubro que siempre lo tenía ya completo en mi mente. ¿Cómo, pues, cabe esperar que continúe interesado en ello? Si insisto se convierte en algo diferente, porque algo diferente interviene en el proceso. Por lo que a mí se refiere, en cualquier caso, mi idea original ya no me interesa más, pues mientras la estoy realizando pienso en otra cosa. Lo importante es crear. Sólo eso importa; la creación lo es todo" P. PICASSO

domingo, 6 de septiembre de 2015

CONVOCATORIA AYUDAS PARA ALUMNADO CON NECESIDAD ESPECÍFICA DE APOYO EDUCATIVO 2015-2016.

INCLUYE ALUMNADO CON ALTAS CAPACIDADES INTELECTUALES

Jueves, 06 de agosto de 2015, 11:22 h.
Con fecha 1 de agosto de 2015 se publica en el BOE la Resolución de 24 de julio de 2015, de la Secretaría de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades, por la que se convocan ayudas para alumnado con necesidad específica de apoyo educativo para el curso académico 2015-2016.
El plazo de presentación de solicitudes está abierto hasta el 30 de septiembre de 2015.
Las solicitudes deberán cumplimentarse mediante el formulario accesible por internet en la dirección www.mecd.gob.es o a través de la sede electrónica del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte en la dirección https://sede.educacion.gob.es en el apartado correspondiente a «Trámites y Servicios».
Una vez cumplimentada la solicitud telemática, si el solicitante se puede identificar mediante cualquiera de los sistemas de firma aceptados por la sede electrónica, se podrá completar el proceso electrónico de presentación de la solicitud acompañando, a través de la página web, en formato pdf (escaneado) la documentación que le sea requerida por la propia aplicación.
En el supuesto de que el solicitante no disponga de sistema de firma aceptado por la sede electrónica, una vez cumplimentada la solicitud telemática, deberá imprimir el modelo de solicitud en fichero pdf y presentarlo con su firma y las de los demás miembros computables de la familia, preferentemente en el centro educativo en el que se vayan a seguir los estudios durante el curso 2015-2016, sin perjuicio de poder presentar la solicitud en cualquiera de los registros y lugares que se establecen en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

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